El trámite para adquirir armas de fuego en el país será más riguroso. Ahora se deberá tener una única licencia para portar armas y su vigencia será de tres años. Y la tarjeta de propiedad de cada arma tendrá validez indefinida.
Así lo establece la nueva Ley de Armas de Fuego publicada ayer en el diario El Peruano, la cual fija sanciones (multas) de hasta 500 UIT.
Según la norma, todos aquellos que tengan antecedentes penales históricos, antecedentes de violencia familiar y quienes hayan cometido delitos contra el patrimonio y contra el cuerpo y la salud no obtendrán licencias de uso de armas y figurarán en un registro de inhabilitados.
La adquisición de municiones para armas de fuego para defensa personal, caza, deporte, tiro recreativo y colección solamente puede efectuarse por los titulares de las armas o sus representantes legales, previa presentación de la respectiva licencia de uso de armas de fuego y tarjeta de propiedad en los establecimientos autorizados de la Sucamec.
En el caso de armas de fuego bajo la modalidad de defensa personal, el límite máximo permitido de adquisición mensual de municiones, no acumulativo, es de 600 cartuchos por cada arma corta.
La norma fortalece el control de la Sucamec para denegar y cancelar licencias, así como autorizaciones que incluyen armas de fuego de uso particular de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
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