Desde hoy sábados, domingos y feriados son días hábiles en las entidades del Estado.

Institución del estado
A partir de hoy entra en vigencia el decreto de urgencia del Poder Ejecutivo que dispone que todos los sábados, domingos y feriados sean considerados días hábiles en las entidades del Estado, que atenderán trámites administrativos.
La medida tiene por objetivo reducir los tiempos y agilizará los plazos administrativos que las personas naturales y jurídicas realicen en las diversas dependencias estatales, incluidas los gobiernos regionales y municipales.
Para ese fin las entidades públicas deberán establecer turnos entre su personal, independientemente de su régimen laboral o contractual, para cubrir estos servicios durante los 7 días de la semana y todo el año.
Sin embargo, se deberá mantener el descanso semanal de todos los servidores públicos.
Precisamente, la Presidencia del Consejo de Ministros anunció que desde hoy atenderá sábados, domingos y feriados al público en general para realizar todos los trámites administrativos.
Se exceptúan de esta norma los días 1º de enero, 1º de mayo, 28 y 29 de julio, y 25 de diciembre.
La norma no será aplicable en el cómputo del plazo para resolver recursos impugnativos ni para la realización de actuaciones procedimentales de notificación personal, actuaciones coactivas o de ejecución forzosa y tampoco para computar plazos de formulación de recursos administrativos.
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